GASTOS AL COMPRAR UNA VIVIENDA EN ESPAÑA
GASTOS EN LA COMPRA DE UNA vivienda EN ESPAÑA
Además del precio de la vivienda, en cada comunidad autónoma hay que pagar unos gastos adicionales, pero, ¿Cuáles son los gastos al comprar una vivienda en la Costa del Sol? Los gastos que conlleva la compra de una vivienda son los siguientes: gastos en servicios jurídicos, gastos de notaría, impuestos y gastos del registro de la propiedad.
LA AGENCIA INMOBILIARIA EN LA COSTA DEL SOL NO COBRA HONORARIOS AL COMPRADOR
Es muy importante tener en cuenta que los honorarios de la agencia inmobiliaria corren por cuenta del vendedor y están incluidos en el precio acordado de la compraventa.
GASTOS EN ABOGADO INMOBILIARIO EN LA COSTA DEL SOL
Cuando el comprador ha encontrado la propiedad deseada, nuestros abogados expertos en el sector inmobiliario verifican todo y cada uno de los aspectos legales de la operación de compraventa, para su total tranquilidad. Entre las labores que realiza un asesor jurídico especializado en el sector inmobiliario, mencionamos las siguientes:
— Apertura de cuenta bancaria en un banco español, en caso de que los compradores sean extranjeros.
— Trámites para la obtención del Número de Identificación de Extranjeros (NIE), en caso de que los compradores sean extranjeros. Esto es necesario para cualquier acción jurídica en España, incluida la compra de un inmueble.
— Trámites para la obtención del permiso de residencia, en caso necesario, o de certificado de no residencia.
— Comprobación de la situación jurídica y económica de la vivienda. Es de vital importancia verificar que todo está en regla antes de comprar una propiedad inmobiliaria, ya que esto supondrá el éxito o el fracaso de la operación.
— Obtener un certificado del inmueble en el Registro de la Propiedad. El certificado especifica quién o quiénes son los propietarios del inmueble y si existe algún tipo de cargas sobre el mismo, tales como créditos hipotecarios que aún no han sido pagados.
— Comprobar en el ayuntamiento que la vivienda tiene la correspondiente licencia de construcción y licencia de primera ocupación.
— Comprobar que el (o los) propietario(s) están al corriente de pago de los servicios de la vivienda, como agua y electricidad, de los impuestos municipales y de los gastos de comunidad. Para ello obtendrá los correspondientes certificados y/o facturas.
— Preparación de los documentos para la compraventa, incluido el contrato de arras, el contrato de compraventa y la escritura que después será firmada ante notario.
— Pago de honorarios al notario.
— Inscripción de la propiedad en el Registro, con los datos actualizados del nuevo propietario.
— Firma por poderes: en caso de que al comprador no le resulte posible o conveniente viajar a España para algún trámite concreto, puede conceder poderes a su abogado para que firme en su nombre.
— Honorarios del abogado: los honorarios que se pagan en la Costa del Sol al abogado representan habitualmente el 1% +IVA del precio de compra de la propiedad.
GASTOS DE NOTARÍA AL COMPRAR UNA VIVIENDA EN LA COSTA DEL SOL
Requerirás de un notario para formalizar la compraventa de la propiedad que vas a adquirir. Él es quién redacta la escritura pública y ese servicio tiene un coste.
No obstante, dicho coste fluctúa dependiendo de las necesidades de cada caso. Por ejemplo, en el cálculo de los gastos notariales influyen aspectos como si necesitas pedir hipoteca, el precio de venta de la propiedad o las tarifas propias del notario que elijas. En general, los gastos notariales oscilan aproximadamente entre el 05% y el 1,5% del valor de compra.
¿Cuál de las dos partes (comprador o vendedor) se debe de encargar de pagar los gastos del notario al comprar una propiedad en la Costa del Sol? Según lo estipulado en la ley, el vendedor está en principio obligado a pagar al notario los gastos del otorgamiento de la escritura. Por su parte, el comprador debe pagar los gastos de la primera copia de esta escritura.
Sin embargo, la ley deja la opción a las partes de acordar y repartir estos gastos como deseen. En la práctica, lo habitual es que el comprador se haga responsable de todos los gastos de la notaría.
IMPUESTOS POR COMPRAR UNA VIVIENDA EN LA COSTA DEL SOL
Mientras está considerando un presupuesto para comprarse la casa de sus sueños en España, ¡no se olvide de los impuestos! En términos generales, los impuestos directamente relacionados con la compra de una vivienda terminada se sitúan entre el 10% y el 12% del precio establecido; asimismo los gastos van en proporción al precio de la vivienda, si el precio es más alto, la suma de los gastos sube también.
En términos impositivos hay que distinguir entre las viviendas nuevas adquiridas directamente del promotor o constructor, y las viviendas de segunda mano.
— Vivienda nueva: Para las propiedades de nueva construcción, el comprador paga un 10% del valor establecido en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), al que se añade el Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados (en este caso bajo la modalidad denominada a secas Impuesto de Actos Jurídicos Documentados) que grava los documentos notariales.
Si se trata de un local comercial, de una parcela comprada directamente a un promotor o de un garaje no anexado a una vivienda, el IVA es del 21%.
¿Cuál es la cuantía del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados? En la Comunidad Autónoma de Andalucía, donde se encuentra la Costa del Sol, el tipo general es del 1,5%, que será el que se aplique a las primeras copias de escritura y a las actas notariales.
Hay dos excepciones: En el caso de la compra de vivienda habitual con préstamo hipotecario por menores de 35 años y un valor real de la vivienda inferior a 130.000€, el impuesto será del 0,3%.
Para la compra de vivienda habitual por parte de personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33% y con un valor inferior a 180.000€, la cuantía de este impuesto será del 0,1%.
En resumen, al adquirir una vivienda nueva en la Costa del Sol u otro lugar de Andalucía, el comprador paga los siguientes impuestos:
– Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): 10%.
– Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados: 1,5% (salvo en el caso las dos bonificaciones expuestas en el párrafo anterior).
– TOTAL: 11,5%
— Vivienda de segunda mano: En el caso de las viviendas de segunda mano, el comprador paga el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (en este caso bajo la modalidad denominada Transmisiones Patrimoniales Onerosas).
Por su parte, al vendedor corresponderá pagar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), o «Plusvalía municipal», un impuesto pagado al ayuntamiento, que grava el incremento del precio del terreno sobre el que se sitúa el inmueble.
También al comprador corresponde el Impuesto sobre Ganancias Patrimoniales, conocido habitualmente como «Plusvalía estatal», o «Plusvalía», a secas, que grava la diferencia entre el valor de compra original y el valor de venta.
En resumen, en la compraventa en España de una vivienda de segunda mano, los impuestos a pagar son como sigue:
— El comprador paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (modalidad del Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados).
— El vendedor paga el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), o «Plusvalía municipal» y el Impuesto sobre Ganancias Patrimoniales (o «Plusvalía estatal»).
Veamos a continuación la cuantía del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, que paga el comprador y que en Andalucía (donde se encuentra la Costa del Sol) se aplica según el siguiente baremo:
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas
Valor de compra Tipo impositivo
Hasta 400.000€ 8%
400.000,01€ – 700.000€ 9%
Desde 700.000,01€ 10%
Existen bonificaciones a este impuesto: el tipo a aplicar sería un 3.5% para la compra de viviendas por un importe menor a 130.000€, para vivienda habitual si el comprador es menor de 35 años.
CUÁLES SON LOS GASTOS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD EN ESPAÑA
Para que la vivienda sea del comprador a todos los efectos hay que inscribirla en el Registro de la Propiedad, y esto tiene un coste. El coste está fijado legalmente y dependerá del lugar en el que se encuentre ubicada la propiedad y del coste de la compra. Aproximadamente el coste suele estar entre el 0.15% y el 0.2% del valor de la compra.
¿Quién paga los gastos del registro al comprar una villa en España? Los gastos del registro corresponden exclusivamente al comprador y se estipulan por ley y conforme a un baremo que depende del valor de la propiedad.
Es importante recordar que los contratos firmados entre las dos partes, comprador y vendedor, tienen efectos legales entre ellas, pero para que tengan validez ante terceros deben ser elevados a escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad.
QUIÉN PAGA LOS GASTOS POR LA HIPOTECA AL COMPRAR UNA VIVIENDA EN ESPAÑA
En caso de que el comprador suscriba un crédito hipotecario para pagar su vivienda ¿a quién corresponde pagar los gastos generados por la hipoteca de una vivienda en España?
Según la nueva ley hipotecaria española, que ha entrado en vigor el 17 de junio de 2019, los gastos generados por la hipoteca (notaría, registro, gestión, tasación e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados) son abonados íntegramente por el banco.
GASTOS DESPUÉS DE COMPRAR UNA VIVIENDA EN LA COSTA DEL SOL
Tras haber finalizado la compra de una propiedad en la Costa del Sol o en otro lugar de España, debes tener en cuenta que se producirán otro tipo de gastos, entre los cuales debemos distinguir gastos anuales y gastos mensuales.
GASTOS ANUALES PARA EL PROPIETARIO DE UNA vivienda EN ESPAÑA
— Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI): Es un impuesto sobre la propiedad inmobiliaria gravado por el ayuntamiento. Corresponde a un porcentaje del valor catastral del inmueble y puede variar según el municipio donde esté ubicado el inmueble.
En la Costa del Sol oscila entre el 0,4% y el 1,3%, dependiendo donde se ubique la propiedad. Un detalle importante: antes de formalizar la compra de una propiedad, el vendedor debe aportar copia del último recibo de IBI pagado.
— Impuesto sobre el Patrimonio en Andalucía: Este impuesto afecta a todos aquellos propietarios, residentes y no residentes, cuyo patrimonio neto sea superior a los 700.000€, ya que los titulares de un patrimonio igual o inferior a esta suma están exentos de su pago.
En 2008, el gobierno de la comunidad autónoma (Junta de Andalucía) suprimió el pago de dicho impuesto, pero en 2011 volvió a establecerlo temporalmente para dos años, y ha ido prorrogando de manera sucesiva la obligación de pagarlo.
La base imponible del impuesto es el patrimonio neto. Para calcular el valor neto del patrimonio, se toma como valor de base de los inmuebles el más elevado de los siguientes: el valor catastral, el precio de compra o el valor establecido por la Administración a efectos de otros impuestos.
En el cálculo se tienen en cuenta también los créditos hipotecarios que pesen sobre la vivienda o viviendas. Los residentes en España pueden acogerse a beneficios adicionales, en función de sus circunstancias personales.
La cuantía del Impuesto sobre el Patrimonio en Andalucía varía entre el 0,24% y el 3,03% de la base imponible, según un baremo progresivo.
— Tasa de recogida de basuras: Es un impuesto anual que cobran los ayuntamientos por el mencionado servicio. En el caso de Mijas, Benalmádena, Fuengirola, Marbella, dentro del casco urbano, los pisos situados en las calles de primera categoría pagan unos 90 € al año y las villas 130 € aproximadamente. Fuera del casco urbano, los pisos pagan 190 € y las villas 280 € aproximadamente.
— Propiedad o titularidad de una empresa no residente: Cuando una propiedad pertenece a una entidad corporativa situada en una jurisdicción clasificada por España como «paraíso fiscal», debe pagarse un impuesto anual del 3% del valor catastral.
— Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR): Los extranjeros que son propietarios de inmuebles en España y que no residen en el país están obligados al pago de un tributo anual. Este debe abonarse a partir del año siguiente al de la compra de la propiedad.
La Agencia Estatal Tributaria española (Hacienda) considera que los propietarios no residentes obtienen beneficios económicos de su propiedad y por consiguiente asignan a cada inmueble un ingreso anual del 1,1% o 2% del valor catastral. Que sea una u otra opción depende del momento en que haya sido actualizado dicho valor.
Esta es la base imponible del impuesto. Si el valor catastral de la propiedad ha sido actualizado en los últimos 10 años, el ingreso imputado es del 1,1%. Si el valor catastral fue actualizado hace más de 10 años, el ingreso imputado pasa a ser del 2% del valor catastral.
¿Cuál es el porcentaje de esta base imponible que debe pagarse a la Hacienda española? Los propietarios que residen en un país miembro de la Unión Europea, en Noruega o en Islandia pagan un 19% de la base imponible. Este es un tipo reducido aplicado desde el año 2016.
Los propietarios que son residentes en países fuera de la Unión Europea y que no sean ni Noruega ni Islandia pagan el 24% de dicha base imponible.
GASTOS MENSUALES PARA EL PROPIETARIO DE UNA VIVIENDA EN ESPAÑA
Gastos de Comunidad: En todas las comunidades hay unos gastos que son necesarios para cubrir las cargas, servicios y otras responsabilidades. Estos se reparten entre todos los propietarios y según la participación que tengan en el edificio. Se incluyen todas las obras para el mantenimiento y conservación del edificio, así como instalaciones comunes (piscina, jardín, zonas compartidas). Todos los propietarios están obligados a cumplir con todos los pagos.
En el momento de la firma de la escritura de compraventa en notaría, estas cuotas deberán estar al corriente de pago y el propietario deberá aportar un certificado emitido por la comunidad de propietarios, sellado y firmado por el administrador. El coste de dicho certificado irá a cargo del propietario (vendedor).
QUÉ IMPUESTOS PAGA EL PROPIETARIO POR ALQUILAR SU VIVIENDA EN ESPAÑA
¿Cuáles son los impuestos que tendrás que pagar si pones tu casa en alquiler (estacional o a largo plazo) y no eres residente fiscal en España? La respuesta es el Impuesto sobre la Renta por Alquiler, el cual, en términos de importes, recuerda mucho al Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR, ver arriba).
Desde 2016, los propietarios que residan en un país miembro de la Unión Europea, Noruega o Islandia pagarán el 19% de los ingresos por alquileres. Por otro lado, los propietarios que residan en países fuera de la Unión Europea y que no sean Noruega ni Islandia pagarán el 24% de dichos ingresos.
Ciertos gastos, como el pago de facturas de la comunidad, el Impuesto Anual a la Propiedad (IBI) o parte del seguro del hogar, serán deducibles de la base de este impuesto. Lo mismo ocurre con cualquier inversión directamente relacionada con la propiedad. Ejemplos: reparaciones, instalación de aire acondicionado o los costos de la agencia inmobiliaria encargada de encontrar al inquilino.
Nota importante: si alquilas tu propiedad (por ejemplo, durante 3 semanas al año) y pagas el Impuesto sobre la Renta para alquiler, este período no se tendrá en cuenta para la declaración del IRNR.
Esta declaración de impuestos es anual y, si lo desea, podemos ponerle en contacto con una asesoría fiscal que se ocupará de todos los trámites necesarios. El coste de esta gestión no suele exceder los 100€ o 200€ euros.
Advertencia importante sobre los gastos al comprar una vivienda en la Costa del Sol o en cualquier otro lugar de España: Todas las leyes y reglamentos están sujetos a cambios. No podemos garantizar ni asegurar que la información facilitada más arriba se mantenga en el tiempo, está sujeta a cambios, es orientativa, y no es vinculante en ningún caso.